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¿Qué documentos hay que llevar en el coche obligatoriamente? Multas por no llevarnos

¿Qué documentos hay que llevar en el coche obligatoriamente? Multas por no llevarnos

Ya en otro artículo hablábamos de la multa por no llevar el carnet de conducir encima. Al igual que debemos llevar las luces o los neumáticos del vehículo en buen estado, existen ciertos documentos que hay que llevar en el coche obligatoriamente. De lo contrario, la Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que podemos enfrentarnos a una multa por no llevar los papeles del coche, cuya sanción económica puede ser bastante elevada.

Siempre que subamos a nuestro vehículo, sea cual sea, debemos llevar una documentación de manera obligatoria: el carnet de conducir, el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV) y el seguro obligatorio. Estos papeles sirven para autentificarnos como conductor y probar los papeles del vehículo. La presentación de esta documentación sirve como garantía del cumplimiento de la actual normativa europea.

Es importante que te asegures de circular siempre con estos papeles encima, por ejemplo, en la guantera, para tenerlos siempre al alcance sin ocupar especial espacio.

 

Multa por no llevar documentación obligatoria en el coche

Como ya hemos dicho, todo conductor debe llevar el carnet de conducir, el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica (ITV) y el seguro obligatorio.

Debes tenerlos siempre en formato original (no falsificados o escaneados), bien en formato físico o en formato digital. Recordamos que puedes subir toda esta documentación a la app miDGT, la aplicación oficial de la DGT, para asegurarte de tenerlos siempre en caso de que te los solicite un agente de Tráfico. Esta forma de acreditación tan rápida es totalmente válida.

No llevar estos documentos encima puede suponernos un problema si nos paran en un control o tenemos un accidente de tráfico. Te explicamos las multas por no llevar los papeles del coche o falsificarlos.

 

Carnet de conducir

Es fundamental que cada vez que te subas a tu vehículo lleves tu carnet de conducir en vigor encima, dado que este documento acredita que estás autorizado y capacitado para conducir. El carnet de conducir será diferente según el tipo de vehículo: AM, A1, A2, A, B, B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.

No obstante, aquellos que se acaben de sacar el carnet de conducir podrán presentar el permiso provisional de conducir expedido por Jefatura de Tráfico hasta que les llegue el carnet de conducir definitivo. Si es tu caso, puedes consultar el estado de tramitación de tu carnet de conducir.

Multa por no llevar el carnet de conducir

  • Multa por no llevar el carnet de conducir encima: De forma general, 10 euros, aunque en ciertos casos, bastante inusuales, puede elevarse hasta los 100€.
  • Multa por tener algún dato incorrecto, por ejemplo, la dirección: 80€.
  • Multa por tener el carnet de conducir caducado: 200€.
  • Multa por circular con el carnet de conducir retirado: Se considera delito, 500€ junto a la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir. Te explicamos cómo recuperar puntos del carnet de conducir y cómo recuperar el carnet de conducir retirado sin vigencia.

 

Permiso de circulación

Al igual que ocurre con el carnet de conducir, si un agente de Tráfico te para podrá multarte si no llevas el permiso de circulación en tu vehículo. Este documento presenta datos importantes del vehículo, como el tipo, el modelo, la marca o la fecha de matriculación, además de los datos personales del propietario. En este caso, puedes llevar una fotocopia adecuadamente compulsada en vez del permiso de circulación original.

Multa por no llevar el permiso de circulación

  • Multa por no llevar el permiso de circulación: 10€.
  • Multa por tener algún dato incorrecto en el permiso de circulación: 80€.
  • Multa por circular sin autorización o con el permiso de circulación retirado: 500€.

 

Tarjeta de Inspección Técnica (ITV)

La Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) indica todos los datos técnicos del vehículo y los posibles cambios legales del mismo. Además de la tarjeta de la ITV, deberás llevar contigo el último informe de la ITV y la pegatina colocada en el parabrisas en la esquina superior derecha. Te indicamos los plazos para pasar la ITV y la documentación obligatoria.

Multa por no tener la tarjeta de la ITV

  • Multa por no llevar el informe de la última ITV: 10€.
  • Multa por no llevar la pegatina de la ITV: 100€.
  • Multa por circular con la ITV caducada o desfavorable: 200€.
  • Multa por circular con la ITV negativa: 500€.

 

Seguro obligatorio del vehículo

Para poder circular en España, todo vehículo debe estar asegurado mínimamente con la cobertura de indemnización a terceros. No obstante, desde 2008 dejó de ser obligatorio llevar el recibo del seguro en el vehículo. Esto es, no es obligatorio llevar este documento físico encima, pues los agentes pueden consultar si el vehículo está asegurado al momento de forma telemática a través del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).

Sin embargo, la DGT aconseja llevar el recibo para agilizar los trámites.

En este caso, la multa por conducir sin seguro o tenerlo caducado asciende a los entre 601 y 3.005€, además, conlleva la inmovilización del vehículo.

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